La grouchiana situación vivida durante este curso por los trabajadores de TV3, que han estado todo el invierno en la inseguridad de no saber a qué convenio debían atenerse, se ha aclarado finalmente a finales de mayo, a partir de una sentencia de la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC). Como recordaréis los que hayais seguido la «saga», el octubre de 1998, días antes de las elecciones sindicales que renovaron la composición y la orientación del comité de empresa, la dirección y el antiguo comité anunciaron un «acuerdo» para dos años que, si a la representación sindical le representaba una botella de oxígeno para salvar su cuestionada actuación anterior, a la empresa le representaba dos años de «paz social» (muy valorada en épocas electorales) y algunas ganancias y ahorros en contrapartida por el incremento salarial.
Algunos de estos ahorros, pero, eran claramente lesivos para sectores concretos de trabajadores (como los contratados eventuales por circunstancias de producción) y eso, junto con otros aspectos, hizo que tanto la asamblea de trabajadores como el nuevo comité rechazasen un «acuerdo» que la dirección de TVC pretendía hacer pasar como nuevo convenio, cuando ni lo había aprobado la plantilla ni había sido firmado por los representantes del comité de empresa, tanto el saliente como el entrante. Defendiendo la única legitimidad del convenio 1995-97, (que tuvo una entrada en vigor accidentada por la congelación salarial dictada en 1997, después de los acuerdos entre el PP y CiU, que hizo que fuese impugnado por la Generalitat), el comité de empresa presentó dos demandas ante el TSJC por incumplimiento de los pagos de los «eventuales» y también por la rebaja del plus de noches pasadas en al extranjero (rebajado en el acuerdo de 1998).
Negociación sin cerrar
Para poder hacer su sentencia, el TSJC tuvo que pronunciarse sobre la validez de este «acuerdo», y lo hizo negativamente, alegando que no lo había legitimado la asamblea de trabajadores y que no había cumplido con el paso preceptivo de la firma de los negociadores y la posterior inscripción en el registro por parte del departamento de Trabajo.
Ahora, siete meses despues del inicio del litigio, está claro jurídicamente que se continúa con una negociación no cerrada, justo cuando el comité de empresa ha elaborado una plataforma reivindicativa para el año 2000, que ha sido aprobada casi por unanimidad por la asamblea de trabajadores. Ahora, la dirección de TVC puede tener prisa para cerrar un convenio 1998-99, aceptando por imposición judicial lo que no aceptó durante siete meses. Pero el comité ya ha dado por cerrados los intentos de renegociar el acuerdo cuestionado, y su planteamiento es abrir ya las negociaciones para el año 2000, para acabar las negociaciones, por una vez, antes de la entrada en vigor del convenio. La única incógnita es saber si las divergencias en torno a la creación de nuevas plazas y su distribución (la dirección ofrece 134 sobre las 168 que ha aprobado el consejo de administración) pueden encarrilarse en una negociación que permita no dejar para el 2000 la ocupación de los puestos de trabajo que la empresa no quiere acordar ahora.