El Parlament de Catalunya aprobó el pasado 3 de octubre la nueva Ley de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales (CCMA). Casi ocho años después, el mandato parlamentario para reformar la Ley de la CCRTV, acordado en el primer pleno monográfico sobre el Audiovisual, de diciembre de 1999, se ha legislado un nuevo modelo de medios públicos de la Generalitat. Limitada la vía del Estatuto de Redacción, que permitía negarse a hacer información manipulada, pero que no garantizaba la independencia editorial, fueron profesionales de estos medios los que apuntaron hacia la necesidad de reformas legislativas para sustraer al Gobierno la potestad de nombrar el director general de la Corporación y mediatizar así la independencia de la radio y la televisión autonómicas. Con el apoyo del Sindicato y del Colegio de Periodistas, la propuesta entró en la cámara catalana, y además de la reforma de la CCRTV se acordó aprobar una nueva Ley del CAC y el impulso de una Ley Audiovisual. Estas dos leyes tiraron adelante pero la de la Corporación no se ha desencallado hasta ahora por intereses estratégicos o tácticos de una u otra fuerza política.
Ha pasado tanto de tiempo, y tantas cosas, que los profesionales de los medios de la Corporación ya no se hacen ilusiones con respecto a la bondad de la reforma legislativa, o bien se han olvidado. Los intereses partidistas, manifestados claramente en la política de bloques electorales minutados, y subyacentes todavía en la composición y algunas actuaciones del CAC a pesar del avance innegable que representa, han hecho aumentar el descrédito de los políticos. Parece una contradicción insalvable que quienes protagonizan a menudo injerencias en la libertad de información puedan ahora blindar legislativamente la independencia profesional de los directivos de la CCRTV y de el trabajo de sus trabajadores.
A pesar de todo, si se compara con reformas más reducidas como las que se han hecho en la Ley de RTVE o la que se propone ahora para la RTVA, que no van más allá de la elección del director general por mayoría parlamentaria (sea por 2/3 o por 3/5 partes), es innegable que la Ley de la CCMA es la más adelantada en relación al intento de lograr grados importantes de independencia, tanto con respecto al nombramiento de los integrantes del nuevo Consejo de Gobierno, que tendrá muchas competencias ahora en manos del director general, como de los máximos representantes de la Corporación: presidente y director general. Estos grados los debería garantizar la intervención del CAC, que podrá evaluar la idoneidad de los miembros del Consejo que propongan los grupos parlamentarios. Estos, después, deberán de elegir, fuera de la empresa, al mejor candidato a director general. El Parlamento eligirá el presidente, que ahora será permanente y no rotatorio, entre los miembros del Consejo.
La Ley contempla una comisión de seguimiento del contrato-programa, con dos representantes de los trabajadores, y su presencia también en el Consejo Asesor de Contenidos y de Programación, que pasa a ser de 21 miembros nombrados por el Parlamento. La composición del Consejo de Gobierno pasa de 9 integrantes en la propuesta inicial a 12, con el peligro que comporta de reproducción del mapa parlamentario y por lo tanto de un comportamiento partidista. Por último, la nueva Ley de la CCMA permite la posibilidad de creación de un Comité Interempresas a propuesta de los distintos comités de empresa de la Corporación. En todo caso, y junto con los grandes retos de definición de un servicio público en el actual entorno audiovisual, se abre sin duda una nueva etapa en la actuación de la Corporación, la cual puede todavía mejorar con esta reforma, que nos ha de acercar a una más gran independencia de los medios públicos de la Generalitat.