Anula una sentencia favorable a la empresa en la que decía que los periodistas deben seguir la línea editorial de su medio

El Tribunal Constitucional ha dado la razón al periodista de El Mundo Francisco Frechoso y ha señalado que la empresa vulneró su derecho a la libertad de expresión, al no permitirle que continuara participando en una tertulia de televisión en la que llevaba cuatro años. La prohibición fue acordada después de que Frechoso dijera en la tertulia que ese diario no había informado de que el 90% de la plantilla secundó la huelga general del 20 de junio de 2002, y lamentara que la policía hubiera tenido que trasladar en sus furgones ejemplares del periódico desde la imprenta hasta un local policial, donde fueron recogidos para distribuirlos a los puntos de venta.

Dos jueces sentenciaron en su día que había sido vulnerado el derecho a la libertad de expresión de Frechoso. Pero la empresa recurrió y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) le dio la razón, con una sentencia redactada por el magistrado Miguel Moreiras que fue muy criticada en medios periodísticos y en el mundo del derecho por los argumentos que utilizaba.

La Federación de Sindicatos de Periodistas (FeSP) celebra que esa sentencia haya sido ahora anulada y que el Constitucional, una vez más, haya indicado que las competencias que tiene un empresario para organizar el trabajo no pueden lesionar derechos fundamentales de sus empleados, como ha ocurrido en este caso.

Como argumentos para dar la razón a la empresa, el TSJ de Madrid citaba dos casos que no tenían relación con éste: el de un policía que criticó en la radio a un superior y el de una revista de Turquía que fue acusada de incitar al terrorismo. Con unas frases sacadas de contexto de esas sentencias, el tribunal madrileño indicaba que los periodistas deben ajustarse a la línea editorial del medio para el que trabajan y seguirla.

El Constitucional ha indicado que firmar un contrato de trabajo no puede vulnerar derechos fundamentales del empleado. Por ello, la empresa editora de El Mundo estaba obligada a demostrar que la prohibición a Frechoso no era una represalia por sus críticas en la tertulia La mirada crítica, de Telecinco, sino que existían «motivos razonables» para adoptar esa medida, cosa que no ha hecho.

La FeSP felicita al redactor jefe de El Mundo Francisco Frechoso, y a la profesión periodística en general porque esta resolución anula lo que hubiera sido un grave precedente contra la libertad de expresión; y se congratula de que el Tribunal Constitucional haya sentenciado que los periodistas no están obligados a coincidir con la línea editorial de su medio, en el caso de que ésta exista.

30 de mayo de 2007