Francisco Javier Sánchez Icart, titular del Juzgado de lo Social número 1 de Tarragona, ha declarado nulo el despido de que fue objeto la periodista Salud Muñoz por parte de la empresa Comunicación Efectiva SL, editora del periódico gratuito Més Tarragona. Los hechos se remontan al pasado 30 de junio, cuando la redactora publicó un artículo relativo a un proyecto urbanístico conocido como Terres Cavades, que suscitaba una considerable polémica ciudadana. El día siguiente Més Tarragona reproducía una nota del equipo de gobierno municipal donde se criticaba la información del día precedente y el propio periódico abría la portada con un titular cantando las excelencias del plan urbanístico. Días después, la empresa despidió a Muñoz con la excusa «que no había superado el período de prueba».

En la sentencia, el magistrado niega el punto de vista de la empresa y afirma que el despido «vulnera el derecho a la información de la demandante (artículo 20 de la Constitución española)». En la resolución se reconoce que la ruptura de la relación laboral se ha hecho «por haber publicado un artículo de gran trascendencia pública». El juez también condena Més Tarragona al pago de los salarios de tramitación.

Un hecho a tener en cuenta es la ingerencia del Ayuntamiento de Tarragona en la decisión de la dirección del rotativo. La empresa editora de Més Tarragona y el consistorio de la ciudad desarrollan conjuntamente otros proyectos mediáticos en el campo audiovisual. El interés de la editora por mantener unas relaciones preferentes con los responsables municipales habrían propiciado que el diario hubiera tomado la decisión del despido a petición del Ayuntamiento. Esta relación ha sido contemplada en la redacción de la sentencia y reafirmada por el hecho que en el juicio del caso, los representantes de la empresa reconocieron que la redactora «trabajaba bien».

El caso Terres Cavades ha sido de gran trascendencia pública en Tarragona ya que, entre otras cosas, ha sido la causa de la dimisión de quien en esos momentos era el concejal de Urbanismo. Por lo tanto, la realidad ha confirmado la información publicada inicialmente por Muñoz y después desmentida por Més Tarragona. El juez reconoce que «la extinción realizada por la empresa demandada tiene relación directa con la información publicada el 30 de junio de 2004 por lo que estaríamos ante una posible vulneración del derecho de la actora a la informació que consideró noticiable y que fue autorizada».

El SPC celebra esta sentencia -que ha sido recurrida por la empresa ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC)-que pone en evidencia a los empresarios de la comunicación que anteponen sus intereses económicos y políticos al derecho de la ciudadanía a recibir una información veraz y de calidad y que es su auténtica razón de ser. La resolución también señala a aquellos poderes que presionan a los medios de comunicación para tener vasallos sumisos que sean capaces de convertir en negro lo que es blanco.