Intervención del secretario de Medios Públicos del SPC, Ramon Espuny, en el seminario Credibilidade e compromiso co País, Un novo modelo para a nosa televisión, celebrado en Santiago de Compostela, el 12 de diciembre de 2003.

En 1993, a raíz de un congreso que impulsó el Colegio de Periodistas de Catalunya, se decidió la creación del Sindicat de Periodistes que, pese al nombre, engloba a todos los profesionales de la información incluidos cámaras, realizadores, fotógrafos y productores. Tuvo inicialmente el apoyo de CCOO, hasta el punto de que todos sus afiliados en ese momento se pasaron al Sindicat de Periodistes. Nació con la motivación de ser un sindicato profesional, no corporativo -en el sentido más negativo de la palabra- sino centrado en detectar la importancia de que se trabaja con información, se toca poder y, por lo tanto, topábamos con el poder. Había, sobre todo en los medios públicos, donde ya existen sindicatos consolidados, compañeros que veían el nuevo sindicato como un instrumento básico para decir en voz alta lo que era ya una realidad: la absoluta instrumentalización gubernamental de las radio-televisiones públicas. Desde el primer momento el Sindicat se vió como un instrumento para denunciar dentro y fuera, públicamente, las manipulaciones informativas.

Paralelamente, el sistema audiovisual en Catalunya se centra en la Corporació Catalana de Ràdio i Televisió, que nace en el año 1983, impulsada por el gobierno, pero con todo el acuerdo parlamentario y cuyo objetivo principal es la normalización de la lengua y cultura catalanas.

Desde sus inicios los medios públicos de la Corporació Catalana tuvieron una gran aceptación social por su labor de normalización de la lengua, de normalización de la cultura y desde entonces hasta ahora hay un acuerdo mayoritario sobre la necesidad de una radio-televisión pública porque la lengua y la cultura no se pueden dejar en manos del mercado y en este aspecto han coincidido la derecha, la izquierda y el centro de las fuerzas políticas catalanas, al revés de lo que ha sucedido en otras partes como, por ejemplo, en Valencia con Canal Nou.

En ese contexto -y pese a esa orientación de la Corporació ajustada a las necesidades de la sociedad catalana- existía el fenómeno de la manipulación informativa al que aludía y por eso los profesionales de la información buscaron otros instrumentos (como los Estatutos de Redacción) para garantizar, como mínimo, la autodefensa del informador de poder negarse a hacer informaciones manipuladas, es decir, garantizar la aplicación concreta del derecho a la clausula de conciencia, no entendido solamente en el sentido de poder irse de la empresa si cambia de ideario -que era la concepción tradicional en la prensa escrita- sino el derecho a mantenerse en la empresa, negarse a dar información manipulada y no ser represaliado por ello.

Este combate a favor del Estatuto de Redacción duró más de doce años y solo se consiguió en 1998 por una coyuntura política que fue la pérdida de mayoría absoluta por parte de Convergencia i Unió. Con esta situación política el Parlamento dió un mandato al Consejo de Administración y éste elaboró una propuesta en base a sugerencias que venían de sectores del mundo de la comunicación, del derecho constitucional (como Marc Carrillo), etc.

Pese a la existencia del Estatuto de Redacción, pronto se vió que no bastaba con la autodefensa del profesional, que la manipulación infomativa venía de muy arriba y la línea de mando emanaba de los nombramientos “digitales” de directores generales, directores de televisión y directores de informativos. Es decir, los profesionales podían negarse a dar información manipulada, pero si un profesional no la hacía, se le adjudicaba a otro más dócil y la línea informativa manipulada continuaba adelante.

Esto nos llevó a buscar en modelos foráneos y ver con sorpresa que en la mayoría de los Estados europeos no se daba esta dependencia directa de los gobiernos. Aun habiendo enormes diferencias, se constataban como líneas generales comunes la existencia de autoridades audiovisuales independientes política y organizativamente y sistemas de no dependencia gubernamental. Con fórmulas distintas, con mayor o menor participación social, pero no se daba el nombramiento digital desde los gobiernos.

En 1999, especialmente, hubo contactos entre representantes del mundo académico, los profesionales de la comunicación y el Col.legi de Periodistes. Como resultado se consiguió introducir en la agenda política esta temática resumida en tres puntos:

• Autoridad audiovisual independiente con características como la de no responder a periodos legislativos; con amplias incompatibilidades; elección de los candidatos por su capacitación técnica y no por cuotas políticas, etc.

• Reforma de la Ley de la Corporació basada en nombrar al director general bajo diversas fórmulas, pero ninguna de ellas a cargo del Gobierno. Podría ser el parlamento con mayorias de 2/3 o 3/5; el propio Consejo de Administración o la Autoridad Audiovisual, como sucede en Francia.

• Generalización a todos los medios de los estatutos de redacción y comités profesionales.

Los tres niveles son importantes, porque no basta con una autoridad audiovisual con función de vigilancia y control de lo ya emitido –y no sólo en lo relativo al pluralismo informativo, sino a la programación-; no basta tampoco con que el director general no sea nombrado por el Gobierno, porque en el día a día, en la cocina de la manipulación en el sentido técnico, pueden suceder muchas cosas y es necesaria la existencia de ese Estatuto de Redacción para que los profesionales de la información vigilen ese día a día.

La situación de empate técnico electoral hizo que tres partidos asumieran este compromiso en el año 1999, y permitió dos cosas:

1. Pasar del anterior Consejo del Audiovisual muy raquítico y dependiente del Gobierno a elaborar una Ley del Audiovisual que creó un nuevo Consejo del Audiovisual mucho más independiente y con solo una limitación: la concesión de licencias de radio y televisión (no solo el informe preceptivo del CAC para esa concesión por parte del Gobierno, sino un informe vinculante).

2. Un acuerdo transitorio para elegir a un Director General por consenso por parte de los miembros del consejo de administración. Esto sucedió en el 2000 y duró hasta el 2002, año en que hubo un cambio de actitud por parte del Gobierno catalán y fue cesado el director general que durante dos años funcionó con unos criterios bastante parecidos a los objetivos que pretendíamos. Durante este tiempo mejoró el pluralismo informativo, la calidad de la programación, la relación con el sistema audiovisual en su conjunto y mejoraron incluso las relaciones laborales. Hubo satisfacción respecto de ese avance, pero se frustró en el año 2002 en cuanto empezaron los aires preelectorales.

En cambio, la ruptura del consenso impidió que se llegara a la reforma de la Ley de la Corporació Catalana y tampoco a una ambiciosa ley general del audiovisual que englobara a todo el sistema comunicativo catalán: televisiones locales, municipales, autonómicas, las delegaciones de los medios públicos estatales, etc.

La experiencias que se puede extraer de todo esto es que hace falta una alternativa sistematizada que una los tres ejes básicos que explicarían la necesidad y función del servicio público. Éstos son:

1. Una definición clara de servicio público (está exigida por la UE después de que Tele 5 y Antena 3 denunciaran la supuesta competencia desleal de la publicidad por parte de las televisiones públicas) que responda a las normativas elaboradas por la comisión y el Parlamento Europeo. Es decir, definir cuál es la misión del servicio público que, además, en determinados sitios, se tiene que adecuar a la realidad nacional.

2. Coherentemente con ello, y en la línea de la BBC o de otras fórmulas que son de pago directo o canon, una financiación pública en forma de contrato-programa que ponga en relación los objetivos con la financiación y que permita una programación a medio plazo sin la dictadura de la audiencia, que es lo que le sucede a gran parte de la televisión pública.

3. Por último, y eso también lo exige la UE, la democratización y autonomía e independencia de los órganos de gestión y control de los medios públicos.

Se debe enfatizar que la democratización aludida exige esta tríada:

1. Una fórmula distinta de elegir el Consejo de Administración para que no sea solo una repetición de las Comisiones de Control parlamentarias (por cuota política), o un mero órgano fiscalizador, en vez de ser el impulsor de la empresa ejerciendo de auténtico Consejo de Administración.

2. Una dirección general bajo fórmulas distintas –y la mejor sería el modelo alemán, donde los partidos políticos no tienen mayoría- que podría empezar tímidamente con su elección por el parlamento por 2/3, 3/5, o con otros condicionantes; o por parte del Consejo de Administración, que es la fórmula defendida por los partidos de izquierda en Catalunya; o, por último y como fórmula ambiciosa, que lo eligiera el Consejo del Audiovisual.

3. Los estatutos de redacción como fórmula para garantizar que los cambios se traduzcan también en el día a día.

Finalmente, y por otro lado, cuando se plantea la necesidad de los Consejos Audiovisuales, en este mundo de empresas multimedia, es cada vez más probable que haya que ir pensando en Consejos de la Información o de la Comunicación, que engloben a los distintos modos de producción de la información, tanto sea prensa, radio, televisiones o internet.