Sólo los hechos son de relevancia pública

Las interpretaciones interesadas de una decisión judicial no deben esconder la denigración progresiva de la profesión que algunos medios provocan.

Ante la decisión de la jueza de Toledo de desestimar las medidas cautelares contra 57 medios de comunicación reclamadas por Telma Ortiz y Enrique Martín-Lobo, el Sindicat de Periodistes de Catalunya, todo y respetándola quiere señalar :

– Que es injustificada y peligrosa la euforia de algunos medios, que airean la decisión como si fuera un triunfo del derecho a la información, cuando en realidad está haciendo evidente la necesidad de su regulación.

– Que es de la máxima gravedad para la información que la definición de personaje público sea propiedad de los medios, que han adquirido la capacidad de fabricarlos a su gusto y según sus necesidades de marketing.

– Que los personajes nunca son de relevancia pública, sino que lo son los hechos, y hace falta acabar ya con esta confusión interesada.

– Que los hechos de interés o relevancia públicas responden a l’interés público general, y no al interés más o menos grande que puedan despertar en algún sector del público.

– Que este interés más grande que algún público pueda tener por algunas personas no puede justificar el acoso ni otras actitudes que vulneran los principios deontológicos de nuestra profesión.

– Que los hechos que han motivado este episodio judicial debieran hacer reflexionar a toda la profesión periodística sobre los límites que han vulnerado los medios cuando hay ciudadanos que se han planteado pedir el amparo contra ellos.

– Que el desprestigio que está sufriendo la profesión periodística deteriora el valor de la información, básica en una sociedad democrática, y hace imprescindible que los legisladores atiendan la petición de una regulación legal de la profesión y del derecho a la información que las organizaciones de periodistas reclamamos.

Barcelona, 16 de mayo de 2008