El juez Santiago Pedraz señala que «la jurisdicción española si es competente» en el caso y que «no procede el archivo de la causa» porque sería incompatible con la IV Convención de Ginebra.

Contradiciendo lo dispuesto por la nueva reforma de la jurisdicción universal, que entró en vigor el pasado sábado, el juez Santiago Pedraz, estable en un auto emitido hoy que «la jurisdicción española sí es competente para conocer los hechos a los que se refiere la presente causa»; refiriéndose al asesinato del periodista José Couso por miembros del ejército estadounidense.

Pedraz entiende que «no procede el archivo de la causa» porque ello contradice lo fijado por la IV Convención de Ginebra -relativa a la protección de civiles en guerra- y sostiene que «de otro modo estaríamos admitiendo la posibilidad de que una norma interna modifique o derogue una disposición de un tratado o convenio internacional vigente en España».

La Constitución española dicta que las disposiciones de los tratados internacionales sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho internacional, y así lo pone de relieve el juez Pedraz en este auto.

El juez Pedraz indica que es imposible aplicar la disposición de la nueva norma que señala que “las causas que en el momento de entrada en vigor de esta Ley se encuentren en tramitación por los delitos a los que se hace referencia en la misma quedarán sobreseídas hasta que no se acredite el cumplimento de los requisitos establecidos en ella”. «¿Cómo es posible perseguir un delito si la causa está sobreseída?», se pregunta el magistrado en el auto, «Obviamente no es posible. La obligación es clara y sin limitaciones, buscar a las personas acusadas de haber cometido, u ordenado cometer, una cualquiera de las infracciones graves, y deberá hacerlas comparecer ante los propios tribunales».

En el auto Pedraz recuerda que el Poder Judicial, según la Constitución, ejerce un control de los poderes ejecutivo y legislativo a través de los tribunales ordinarios. Y añade: «Y, así, mediante la inaplicación de una norma interna contraria a una disposición de un tratado el juez está ejerciendo ese control. No es otra cosa sino la aplicación plena del principio de legalidad».

La familia de José Couso ha valorado positivamente el auto, “sobre todo viendo cómo el ejecutivo ha actuado dando carpetazo ante presiones de terceros países».