La Ley de la CCMA reserva al CAC la competencia de informar sobre la idoneidad profesional de los candidatos al Consejo de Gobierno presentados por el Parlament. No cabe otra porque se supone que los legisladores respetarán la letra de la propia ley, según la cual los propuestos deberán tener «méritos profesionales relevantes», y se deberán elegir «de acuerdo con criterios estrictos de competencia profesional».

Pero como esto no es así, y los partidos aplican el principio de cuotas según la representación parlamentaria, completa o amputada, se produce una distorsión de origen, que no puede ser corregida con lo previsto en la ley, con lo cual se puede denunciar pero no evitar.

Es lo que ha hecho el CAC, que como en 2008 no ha podido encontrar indicios de falta de idoneidad profesional de los propuestos, y sólo puede denunciar, sin efectos prácticos, que, «en la elaboración de la lista enviada ha primado la imagen de transacciones partidistas, sobre la base de criterios de oportunidad y de estrategia política, lo que ha sido reflejada de esta manera en los medios de comunicación y ha sido percibida como una práctica radicalmente contraria al espíritu del legislador».

Y por eso, a pesar de dar el visto bueno a los candidatos individualmente, lamenta que «la propuesta de candidaturas en su conjunto aparezca como resultado de la aplicación de cuotas de partido, visualizada en su negociación, lo que no se adecua ni con el espíritu de la Ley de la CCMA ni con los criterios de independencia y de profesionalidad que promueve».

Y también constata que «el procedimiento seguido para designar las candidaturas ha contaminado la presunción de independencia. Cabe recordar que la Ley de la CCMA refuerza los criterios de independencia y de profesionalidad y, por tanto, prevé que los miembros del Consejo de Gobierno deben actuar con plena independencia y neutralidad, y no pueden estar sometidos a ninguna instrucción o indicación alguna en el ejercicio de sus funciones y, por tanto, en ningún caso pueden actuar como representantes de los grupos políticos.»

El SPC manifiesta que comparte completamente esta denuncia y expresa el rechazo a una falta de respeto generalizada por parte de estamentos políticos respecto de la Ley de la CCMA -pensada para garantizar su independencia- y del papel del CAC, a quien se ha recriminado desde altas instancias políticas que haya expresado que efectivamente se ha vulnerado la letra y el espíritu de la ley.

¿Cambio de direcciones?

La perversión de la Ley reformada y de sus objetivos, sin embargo, no termina ahí. Ahora se abre la fase, pregonada por medios con afinidades con el poder o ignorantes del status de la Corporación, de proceder a la deconstrucción de las instancias directivas de las empresas de la CCMA «porque sí», no porque lo reclame el balance de la gestión de estos medios o porque se derive de la ley. Así, ya se da por descontada la destitución de la directora de TV3 sin ningún argumento o, peor, dando por hecho que «toca».

Desde el SPC reclamamos del nuevo Consejo de Gobierno que actúe en función de las previsiones de la Ley, con criterios de gestión profesional y, como dice la misma Ley «de plena independencia y neutralidad» y sin sometimiento a instrucciones o indicaciones, ni actuando «como representantes de los grupos políticos». Es decir, que tome las decisiones en base a criterios de empresa, evaluando los objetivos alcanzados y buscando mejorarlos, pero no sometiéndose a la lógica contraria a la Ley de la CCMA que las nuevas direcciones de los medios, y los sus responsables de informativos deben estar «en sintonía» con la mayoría de gobierno en Catalunya.

Si se actúa así, lo denunciaremos y apelaremos a la sociedad para recordar que desde el poder político se secuestra unos medios que son públicos, es decir de todos, y por eso mismo se degrada su credibilidad y se les debilita, poniendo en peligro su viabilidad.

Barcelona, 30 de marzo de 2012