El Tribunal Europeo de Derechos Humanos d’Estrasburgo, emitió una sentencia contra el estado francés, el pasado 28 de junio, por la violación del secreto de las fuentes periodísticas de cinco periodistas que investigaban un escándalo de dopaje en el equipo ciclista Cofidis, en el año 2004.

El tribunal condenó enérgicamente el registro, la grabación, la identificación de los interlocutores y otros medios utilizados por los investigadores para identificar las fuentes informantes de los periodistas de l’Equipe y Point, el 13 de enero 2005.

Según la sentencia, «la Corte considera que el tema de los artículos publicados: el dopaje en el deporte profesional, más concretamente en el ciclismo, y los problemas de salud pública que surgen, es un debate de interés público muy importante».

«El Tribunal subraya que el derecho de los periodistas a ocultar sus fuentes no puede ser considerado como un mero privilegio que puede ser concedido o retirado sobre la base de la legalidad o ilegalidad de las fuentes, sino que es un atributo real del derecho a la información y que debe ser tratado con la máxima cautela».

Los jueces concluyeron que se violó el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos sobre la libertad de expresión y recordaron que la protección de las fuentes periodísticas es la piedra angular de la libertad de prensa.

La Sindicato Nacional de Periodistas (SNJ) y la Federación Internacional de Periodistas (FIP), junto a los periodistas en Estrasburgo, comprobaron que los jueces tuvieron en cuenta sus argumentos.

Para el SNJ esta sentencia es muy oportuna ya que afianza una de sus prioridades, que se complete la ley del 4 de enero de 2010 con la inclusión de sanciones penales contra los que violen la ley.