Una vez más llegamos a una convocatoria electoral con unos apremios sobre el trabajo de los profesionales de la información que no tienen paralelo en Europa. Ahora, reforzadas por la reforma del artículo 66 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), que dicta que las noticias sobre la campaña electoral en los informativos de los medios públicos deben atender un «principio de proporcionalidad» que se añade sin argumentación a los que sí son obligación de estos medios, como son el pluralismo y la neutralidad.

Se incorpora así a la Ley la reiterada doctrina de las Juntas Electorales, que desde hace años han trasladado los criterios sobre los espacios gratuitos de propaganda electoral a la información política, en una deriva lamentable, por poco rigurosa, que ignora el derecho a la información garantizado en la Constitución. Es más, por presiones de los dos grandes partidos estatales, la LOREG reformada extiende ahora este «principio» de proporcionalidad a las televisiones privadas, para que lo aplique en la información electoral en los informativos y también en los debates y entrevistas con los candidatos durante la campaña.

Esta fuga hacia adelante propiciada por los partidos mayoritarios, también los catalanes, no hará otra cosa que extender la respuesta de los profesionales de los medios, y más en estas municipales donde la dinámica local plantea cuestiones profesionales (¿qué es una candidatura o un partido con representación? La representación ha ser en el consistorio o puede serlo en el Parlament?) que no se resuelven con el corsé de una Ley que no debería interferir en la libertad de información.

Hay que ir a la raíz del problema y cuestionar el insostenible «principio» de proporcionalidad, que no se sabe de dónde viene, y que es lo contrario a los criterios de igualdad y de neutralidad que la LOREG proclama. La experiencia demuestra que no sirve defender sólo la «flexibilización» de este criterio, porque la dinámica lleva siempre a la lógica del cómputo y de evitar «desviaciones» (¿sobre qué? ¿Sobre la adjudicación de más tiempo a los grandes partidos al margen los criterios periodísticos?). Lo que hay que defender son los principios profesionales, que son la garantía del derecho de la ciudadanía a una información veraz y rigurosa. Unos derechos profesionales, eso sí, que deben estar asegurados por una independencia probada de los cargos de informativos y del conjunto de las redacciones, y garantizada por la regulación legal de los medios.

Por todo ello, desde el SPC apoyamos todas las iniciativas que se tomen desde la profesión, los medios públicos y privados, en defensa de la libertad de información y contra la intromisión de los partidos políticos y los órganos a su servicio en este derecho constitucional, básico para la conformación de una opinión pública bien formada y garantía de una sociedad democrática.

Barcelona, 4 de mayo de 2011