El Juzgado de lo Social número 2 de Granollers ha condenado a Grupo Zeta por vulnerar el derecho de huelga de los trabajadores de la rotativa que tiene en Parets del Vallès. La sentencia dictada por la titular del juzgado, María Delgado García, declara nula la actuación de Grupo Zeta de saltarse la huelga mediante la subcontratación de nueve rotativas de Barcelona, Lleida, Valencia y Zaragoza para imprimir El Periódico de Catalunya, Sport y otras publicaciones externas, como ABC y La Razón. Los trabajadores han informado de esta sentencia en la página web que han abierto para informar sobre su lucha contra el último plan de recortes que la empresa que preside Antonio Asensio les quiere imponer.

La jueza condena a Grupo Zeta, a Gráficas de Prensa Diaria (GPD) y a las sociedades editoras de El Periódico (Ediciones Primera Plana) y Sport (Ediciones Deportivas Catalanas) al considerar que dejaron sin efecto la convocatoria de paro en Gráficas de Prensa Diaria (GPD). El fallo desestima las alegaciones de la dirección de Zeta y acepta íntegramente la petición de la demanda, presentada por la sección sindical de CGT, de condenar a la compañía a pagar una indemnización de 6.000 euros al sindicato en concepto de compensación. Asimismo, la sentencia abre la puerta a la presentación de demandas individuales del centenar de empleados de GPD para reclamar compensaciones por los 17 días de huelga secundados en marzo y abril de 2013 en contra del expediente de regulación de empleo (ERE) para cerrar la imprenta de Parets del Vallès.

«Solo se puede concluir que el comportamiento de las mismas (las empresas demandadas) fue dirigido a contrarrestar y anular los efectos de la huelga. En consecuencia se estima vulnerado el derecho de huelga de los trabajadores», afirma la jueza en el fallo. Asimismo, añade que «teniendo en cuenta que la actuación de las empresas consiguió evitar el efecto buscado con la huelga, es decir, que los periódicos no salieran a la calle y el impacto de tal ausencia, se considera que el comportamiento de los demandados causó un daño moral al demandante».